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¿Cuando podemos considerar un árbol como ejemplar singular?

Para poder considerar cualquier ejemplar arbóreo como Árbol Singular, hemos de tener en cuanta una serie de factores.

Tamaño

El concepto de tamaño es muy relativo y es necesario establecer para cada especie cuales son las dimensiones que debemos considerar como singulares. Por ejemplo, para considerar singular un pino carrasco (Pinus halepensis) que con frecuencia supera los 15 metros de altura, en principio, solo consideraremos singulares ejemplares de mas de 20 metros. Un avellano, sin embargo, es un arbusto que con dificultad puede alcanzar los 5 metros, sin embargo, un avellano puede ser singular.

Edad

La edad es otro de los criterios a valorar. Por su abundancia, olivo de 100 años, de una especie tan longeva, que puede superar los 2000 años, puede no ser tan singular como pueda ser un sauce o un chopo de la misma edad, ambas especies de vidas mucho más cortas.

Rareza de la especie

Siempre consideraremos la rareza o abundancia de una especie para considerarla monumental, a modo de ejemplo, un tilo o un roble cultivados en la región mediterránea, pueden considerarse como ejemplares singulares sin necesidad de tener un porte o una edad excesivamente altos.

Ubicación o usos del ejemplar

Por último, hay especies que se han ligado a diferentes construcciones humanas como el ciprés y los cementerios, las higueras y las casas, los olmos en plazas y caminos, etc. La presencia de estas especies puede en ocasiones ser testigo mudo de otros tiempos.

D. Molina

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